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Criterios sindicales de la negociación del VIII Convenio de la Dependencia

Por Luis Francisco Álvarez Agudo
martes 23 de octubre de 2018, 15:03h

La negociación del VIII Convenio de la Dependencia, al menos para CCOO, va a estar marcada por un objetivo prioritario: aplicar íntegramente al sector de la Dependencia los acuerdos suscritos por las organizaciones empresariales (CEOE y CEPyME) y sindicales (CCOO y UGT) en el IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).

Es evidente que este objetivo prioritario se verá completado por otros que no pudieron incluirse en el VII Convenio. Todos sabemos cómo y por qué se firmo el VII Convenio. Lo fundamental era salir de un proceso de inactividad de 46 meses y de un bloqueo ilógico, así como de la actitud de derrumbe del VII Convenio, por parte del innombrable sindicato de las tres letras, cuyo objetivo era impedir la firma de un convenio que ha contemplado importantes avances de las condiciones laborales de quienes trabajan en la Dependencia.

El pasado 18 de julio, firma del Convenio Colectivo, desde CCOO propusimos incluir la denuncia automática del mismo para iniciar las negociaciones lo más pronto posible y tratar de que en un proceso de negociación claro y transparente cada organización expusiera sus objetivos, abordáramos con responsabilidad la negociación y concluyéramos en un nuevo Convenio antes de finalizar el año, para que tanto empresas como trabajadoras y trabajadores supieran desde el inicio de 2019 cuáles iban a ser sus condiciones laborales y económicas.

En este sentido, debemos reconocer nuestro primer fracaso, ya que cuando no eran unos (organizaciones empresariales) eran otros (las tres letras y CIGA). No es un buen inicio, pero es el que hay. Finalmente será el próximo día 29 de octubre cuando formalmente, que no efectivamente, se inicien las negociaciones del VIII Convenio.

La primera referencia a la negociación del VIII Convenio de la Dependencia tiene que ver con la composición de la misma, ya no podrán existir bloqueos de una sola organización que impidan avanzar y conseguir la firma del Convenio. En el ámbito de las organizaciones empresariales nos encontramos con 5 organizaciones empresariales que se reparten los 15 miembros de su bancada: LARES 2 miembros; CEAP´s 5 miembros y una asociación mancomunada compuesta por FED, AESTE y ASADE 8 miembros susceptibles de individualización si fuera necesario. Con respecto a esta asociación mancomunada, va a ser curioso su funcionamiento.

Por parte de la representación de los trabajadores, pasamos de 2 organizaciones a 3, finalmente CIGA ha optado por participar en el Convenio Estatal al cual había sido invitado desde sus orígenes pero había declinado su participación. Los 15 miembros se reparten de la siguiente manera: CCOO, 7; UGT, 7 y CIGA 1.

El que CCOO tenga la misma representación que el otro sindicato tan solo obedece a un acto de generosidad y de responsabilidad. Generosidad porque todo el sector de la Dependencia conoce y con datos fiables que CCOO es la organización mayoritaria. Responsabilidad porque no hemos querido entrar en un proceso de demandas con el otro sindicato que solo provocaría el retraso, seguramente que en más de un año, del inicio de la negociación. Ese no es el interés de CCOO.

Fijada la composición de la Mesa y el inicio de sus tareas, desde CCOO vamos a proponer con carácter prioritario las siguientes cuestiones:

- Vigencia del VIII Convenio Colectivo, 2 años. 2019-2020 para hacerlo coincidir en el tiempo con la vigencia del AENC.

- Determinar un incremento salarial para 2019 del 2% fijo más 1% variable que sirva para acercar a las categorías con menor retribución fija al objetivo del IV AENC de que el salario fijo mínimo de convenio se sitúe en los 14.000€.

- El incremento salarial para 2020 se ajustará a que la categoría con menor retribución fija sea de 14.000€. En correspondencia con ello, las categorías inmediatamente superiores deberán tener un incremento en el mismo sentido, al fin de que no se produzca un solapamiento de retribuciones en personas de grupos profesionales diferentes.

- En el ámbito de las tablas salariales debe producirse una homogeneización de las 3 que tenemos en la actualidad. No se puede seguir manteniendo que categorías profesionales iguales perciban diferentes salarios en función del subsector en que trabajen.

- Perfeccionamiento de las cláusulas de adscripción y subrogación.

- Homogenización de la jornada laboral del Convenio Colectivo.

- Incrementar los días de libre disposición y determinarlos en computo anual.

- Incrementar las competencias del Comité de Seguridad y Salud Laboral para abordar con plenas competencias la prevención en cuanto a las lesiones músculo esqueléticas, los riesgos biológicos y los riesgos psicosociales.

- Regular en convenio las dispensas sindicales y la acumulación por Grupos de Empresa.

- Vincular incrementos salariales en función de incrementos en el precio de las plazas concertadas.

Luis Francisco Álvarez Agudo

Responsable del Área de Negociación Colectiva

FSS- CCOO

Luis Francisco Álvarez Agudo

Responsable del Área de Negociación Colectiva de FSS- CCOO

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