A dicha comisión asistieron representantes sindicales de C.C.O.O., representantes de la Federación Empresarial de la Dependencia (FED), así como de la Asociación Estatal de Servicios Residenciales de la Tercera Edad (AESTE) y de Lares.
Según se refleja en el B.O.E. número 76 Sec. III. Pág. 32688 de fecha 29 de marzo 2019, los importe de las Tablas tienen un incremento del 1,2% (IPC 2017), respecto a las del año 2018, autorizando al secretario de la Comisión Paritaria don José Alberto Echevarría García de FED, para incorporar en el Registro de Acuerdos Colectivos del Ministerio de Trabajo Migraciones y Seguridad Social (REGCON) con el objetivo de que proceda a su publicación y general conocimiento.
Una vez iniciada la reunión de la Comisión Paritaria con la finalidad de dar cumplimiento al artículo 8 del VII Convenio Marco y constatado lo previsto en la disposición final del mismo, las tablas fueron aprobadas.
Por otro lado y como buena noticia, una vez publicitado en el B.O.E., se establece la obligatoriedad de abonar los salarios según las nuevas tablas, por lo que tendrán efecto retroactivo desde el 1 de enero de este año, desde el punto de vista de la Seguridad Social.
En caso de que no se hubieran percibidos los importes correspondientes, deberá de cotizarse la nómina de atrasos hasta el último día del mes de abril ya que es el mes posterior a dicha publicación.
Si desean consultar las tablas salariales pinchen aquí.