Desde el 1 de enero de 2024, la revalorización de las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social y las del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado, con carácter general, será del 3,8%, en función del Índice de Precios al Consumo (IPC) de los 12 meses previos a diciembre de 2023.
No obstante, las cuantías mínimas de las pensiones contributivas de la Seguridad Social y las del Régimen de Clases pasivas se incrementan el 6,9% en 2024.
A continuación, se muestran los cuadros con los importes mínimos de pensiones contributivas para el año 2024, en cómputo anual, en función del tipo de pensión (jubilación, incapacidad, viudedad, orfandad), y la situación personal y familiar del beneficiario
Clase de pensión | Titulares | ||
---|---|---|---|
Con cónyuge a cargo – Euros/año |
Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal – Euros/año |
Con cónyuge no a cargo – Euros/año |
|
Jubilación | |||
Titular con sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Titular menor de sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 10.808,00 | 10.215,80 |
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez. | 21.698,60 | 17.329,20 | 16.448,60 |
Incapacidad Permanente | |||
Gran invalidez. | 21.698,60 | 17.329,20 | 16.448,60 |
Absoluta. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Total: Titular con sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. | 14.466,20 | 10.808,00 | 10.215,80 |
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años. | 8.516,20 | 8.516,20 | 8.443,40 |
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Viudedad | |||
Titular con cargas familiares. | 14.466,20 | ||
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. | 11.552,80 | ||
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. | 10.808,00 | ||
Titular con menos de sesenta años. | 8.752,80 |
Clase de pensión | Euros/año |
---|---|
Orfandad | |
Por beneficiario. | 3.533,60 |
Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. | 6.946,80 |
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 8.752,8 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios. | |
Prestación de orfandad | |
Un beneficiario. | 10.584,00 |
Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios. | 17.841,60 |
En favor de familiares | |
Por beneficiario. | 3.533,60 |
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas | |
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años. | 8.534,40 |
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años. | 8.043,00 |
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.219,20 euros/año entre el número de beneficiarios. |
Límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión:
– Sin cónyuge a cargo 8.942,00 euros/año.
– Con cónyuge a cargo 10.430,00 euros/año.
Durante 2024 las cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas quedan fijadas, en cómputo anual, en los importes siguientes:
Clase de pensión | Importe | ||
---|---|---|---|
Con cónyuge a cargo – Euros/año |
Sin cónyuge: unidad económica unipersonal – Euros/año |
Con cónyuge no a cargo – Euros/año |
|
Pensión de jubilación o retiro. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Pensión de viudedad. | 11.552,80 | ||
Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones. | 11.261,60/n |