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Pensión de viudedad en 2025: requisitos, cuantías y novedades para matrimonios y parejas de hecho

Guía actualizada sobre las pensiones de viudedad en España

La Seguridad Social establece condiciones específicas para acceder a esta prestación, incluyendo a parejas no casadas que cumplan ciertos criterios

Redacción | Lunes 02 de junio de 2025
La pensión de viudedad es una prestación económica destinada a proteger a quienes han perdido a su cónyuge o pareja de hecho. En 2025, las condiciones para acceder a esta pensión incluyen requisitos específicos según el tipo de relación con el fallecido, así como actualizaciones en las cuantías mínimas y máximas. A continuación, se detallan los aspectos clave para entender quiénes pueden beneficiarse de esta ayuda y en qué condiciones.

Requisitos generales para acceder a la pensión de viudedad

Para cónyuges supervivientes

Los cónyuges tienen derecho a la pensión de viudedad si el matrimonio estaba vigente al momento del fallecimiento. En casos de separación o divorcio, se requiere que el beneficiario no haya contraído nuevo matrimonio y, en general, que percibiera una pensión compensatoria del fallecido. Existen excepciones para personas mayores de 65 años que no tengan derecho a otra pensión pública y cuyo matrimonio con el causante haya durado al menos 15 años .

Para parejas de hecho

Las parejas de hecho pueden acceder a la pensión de viudedad si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Inscripción oficial: La pareja debe estar inscrita en un registro específico de la comunidad autónoma o ayuntamiento al menos dos años antes del fallecimiento del causante.

  • Convivencia estable: Se debe acreditar una convivencia estable y notoria durante al menos cinco años previos al fallecimiento, salvo que existan hijos comunes, en cuyo caso este requisito no es necesario .

  • Ausencia de vínculos previos: Ninguno de los miembros de la pareja debe haber estado casado ni registrado como pareja de hecho con otra persona durante los cinco años anteriores al fallecimiento .

Cálculo de la pensión: base reguladora y porcentajes aplicables

La cuantía de la pensión de viudedad se determina aplicando un porcentaje a la base reguladora del fallecido. Este porcentaje varía según las circunstancias del beneficiario:

  • 52%: Porcentaje general aplicable en la mayoría de los casos.

  • 60%: Aplicable a beneficiarios mayores de 65 años que no perciban otra pensión pública ni ingresos superiores a 9.193 euros anuales .

  • 70%: Se aplica cuando concurren las siguientes condiciones:

    • El beneficiario tiene cargas familiares.

    • La pensión de viudedad constituye la principal o única fuente de ingresos.

    • Los ingresos anuales del beneficiario no superan los 24.979,40 euros .

Cuantías mínimas y máximas en 2025

Las pensiones de viudedad en 2025 presentan las siguientes cuantías mínimas mensuales:

  • Con cargas familiares: 1.127,60 € (15.786,40 € anuales).

  • Beneficiarios con 65 años o más: 874,40 € (12.241,60 € anuales).

  • Entre 60 y 64 años: 818,00 € (11.452,00 € anuales).

  • Menores de 60 años: 662,50 € (9.275,00 € anuales) .

La pensión máxima en 2025 está fijada en 3.267,60 € mensuales (45.746,40 € anuales).

Casos especiales: divorcios y víctimas de violencia de género

Divorciados y separados

Las personas divorciadas o separadas judicialmente pueden tener derecho a la pensión de viudedad si percibían una pensión compensatoria del fallecido y no han contraído nuevo matrimonio. Existen excepciones para quienes no percibían pensión compensatoria pero cumplen ciertos requisitos de edad y duración del matrimonio .

Víctimas de violencia de género

El Tribunal Supremo ha establecido que los requisitos legales para conceder la pensión de viudedad a víctimas de violencia de género deben interpretarse de manera flexible. En casos donde se acredite una "razonable conexión temporal" entre la violencia y la ruptura matrimonial, se puede conceder la pensión incluso si no se cumplen todos los requisitos generales .

Tabla: Porcentajes aplicables a la base reguladora

Circunstancia del beneficiario Porcentaje aplicado
Situación general 52%
Mayor de 65 años sin otra pensión ni ingresos elevados 60%
Con cargas familiares y bajos ingresos 70%

Referencias

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