Se abre el plazo para solicitar subvenciones en Aragón destinadas a fines de interés social, financiadas por la asignación tributaria del 0,7% del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades. Las solicitudes se podrán presentar del 20 de mayo al 16 de junio de 2026. Estas ayudas están dirigidas a entidades del Tercer Sector, organizaciones no gubernamentales y agrupaciones sin fines de lucro. Los interesados deben cumplir con varios requisitos legales y administrativos. Para más información y para iniciar el trámite, visita el enlace oficial.
A través de un nuevo trámite, se abre la posibilidad de solicitar subvenciones destinadas a la financiación de programas de interés social. Estas ayudas provienen de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre Sociedades.
Las subvenciones están dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social, así como a organizaciones no gubernamentales y agrupaciones de organizaciones, independientemente de su personalidad jurídica.
Para acceder a estas ayudas, las entidades deben cumplir con una serie de requisitos:
Presentación:
Inicio: 20/05/2026 a las 00:00 h
Fin: 16/06/2026 a las 23:59 h
El plazo para presentar solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Puedes realizar este trámite electrónicamente siguiendo estos pasos:
Electrónica – Pasos a seguir Con ayuda del personal habilitadoSi no cuentas con medios adecuados para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Si tu solicitud no ha sido resuelta dentro del plazo establecido, puedes esperar a que la administración tome una decisión o interponer un recurso.
1. Solicitud
La solicitud debe ser cumplimentada y firmada en la plataforma correspondiente, generando un documento que se presentará junto al resto de documentación requerida.
2. Modelos de memorias e instrucciones (anexo III)
Modelo necesario para presentar junto a las memorias correspondientes a cada proyecto (gasto corriente e inversión), incluyendo instrucciones para su correcta cumplimentación. La memoria debe ser presentada obligatoriamente en la plataforma, salvo en caso de agrupaciones sin personalidad jurídica donde todas las entidades deben completarla excepto la representante que lo hace en línea.
Puedes consultar el apartado Información adicional, donde encontrarás más detalles sobre este trámite y recursos útiles. Si requieres asistencia adicional, dirígete al apartado Contacto, donde hallarás diversos recursos para facilitar tu tramitación.
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE DESREGULACIÓN, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA