La Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una nueva Orden que regula los requisitos materiales, funcionales y de calidad para la puesta en funcionamiento y acreditación de los centros y servicios de atención a las personas mayores en la comunidad autónoma. AESTE, la Asociación de Empresas de Servicios para la Dependencia, valora positivamente la norma y subraya la importancia de que su implantación sea progresiva para garantizar la viabilidad de los centros.
La principal aportación de la norma es la creación de un único régimen jurídico que homogeneiza y agrupa los requisitos arquitectónicos y de funcionamiento de todos los centros de la comunidad autónoma.
Hasta ahora, la regulación de los centros de mayores en Andalucía estaba dispersa en distintas normas, lo que generaba inseguridad jurídica y dificultaba la planificación de los operadores del sector.
La Orden forma parte del proceso de simplificación administrativa iniciado por la Consejería con el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero.
La Orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOJA.
Los centros ya autorizados o acreditados dispondrán de doce meses para adaptarse a los requisitos funcionales y de veinticuatro meses para los requisitos materiales.
La norma introduce además un régimen de excepcionalidad que garantizará la continuidad de los servicios durante el proceso de adaptación.
La norma establece la aplicación progresiva entre 2026 y 2031 del incremento de la ratio de personal de atención directa.
Esta progresividad es uno de los elementos más valorados por AESTE, ya que permite a los centros planificar la incorporación de nuevos profesionales sin comprometer su equilibrio financiero.
La Orden flexibiliza la contratación del perfil técnico de los centros residenciales.
Esto permitirá una mayor adaptación a los perfiles de las personas que atienden, facilitando la especialización de los equipos según las necesidades de cada centro.
Los centros deberán organizarse en unidades de convivencia, avanzando hacia el modelo de atención centrada en la persona.
La norma garantiza la prestación de la atención sanitaria por parte del sistema sanitario público andaluz a los residentes de centros de mayores.
AESTE valora positivamente el contenido de la norma y la considera un avance hacia un modelo de cuidados de mayor calidad.
Sin embargo, subraya que su implantación deberá ser progresiva y garantizar la viabilidad de los centros prestadores del servicio.
La organización agradece la disposición de la Consejería al diálogo con las organizaciones empresariales durante el proceso de elaboración de la norma.
| Tipo de requisito | Plazo de adaptación |
|---|---|
| Requisitos funcionales | 12 meses desde la entrada en vigor |
| Requisitos materiales | 24 meses desde la entrada en vigor |
| Incremento de ratio de personal | Progresivo entre 2026 y 2031 |
| Entrada en vigor de la Orden | 20 días desde su publicación en el BOJA |
La dispersión normativa en la regulación de centros de mayores ha sido una queja recurrente de los operadores del sector en Andalucía.
La existencia de múltiples normas con requisitos distintos y a veces contradictorios dificultaba la planificación de las inversiones, la gestión de los centros y la relación con la administración.
La nueva Orden resuelve esta situación con un marco único que aporta previsibilidad y seguridad jurídica.
El incremento progresivo de la ratio de personal de atención directa es el elemento con mayor impacto económico para los centros.
Su aplicación escalonada entre 2026 y 2031 es razonable desde el punto de vista de la planificación, pero requerirá que la actualización de los precios de concierto acompañe ese incremento para que los centros puedan asumir el coste sin comprometer la calidad asistencial.
Andalucía publica una nueva Orden de acreditación que unifica por primera vez en un solo marco jurídico los requisitos de todos los centros y servicios de atención a personas mayores de la comunidad autónoma, poniendo fin a la dispersión normativa existente.
La norma establece plazos de adaptación de hasta dos años para los centros ya en funcionamiento e introduce el incremento progresivo de la ratio de personal de atención directa entre 2026 y 2031.
Claves de la nueva Orden: