El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que limita los alimentos precocinados, las frituras y los productos con exceso de grasas saturadas, azúcar o sal en hospitales, centros residenciales y escuelas infantiles, entre otros centros. La norma fija un máximo de tres raciones mensuales de platos precocinados en hospitales y residencias —una al mes en menús infantiles de hospitales y escuelas de 0 a 3 años—, limita las frituras a dos raciones semanales y exige que al menos el 70% de los productos de las máquinas expendedoras sean saludables. También establece objetivos para aumentar la oferta de frutas y hortalizas frescas y de temporada y de alimentos ecológicos.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y en colaboración con los ministerios de Agricultura, Sanidad, Educación y Juventud e Infancia, un real decreto sobre la alimentación en hospitales, centros residenciales, escuelas infantiles de 0 a 3 años, bibliotecas, universidades y museos públicos. La norma se aplica a centros públicos y privados en los casos previstos y limita los alimentos precocinados, las frituras y los productos con alto contenido en grasas saturadas, azúcares o sal añadida.
El texto fija restricciones más estrictas para los menús destinados a niños, niñas y adolescentes, con una protección especial para la infancia. La medida sigue la línea del Real Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, aprobado en 2025 e impulsado también por Consumo.
En hospitales y centros residenciales para personas mayores, dependientes o con necesidades especiales, los platos precocinados podrán servirse un máximo de tres veces al mes. En los menús hospitalarios para menores y en las escuelas infantiles de 0 a 3 años, el límite será de una ración mensual.
Las frituras quedarán limitadas a dos raciones semanales. Además, los menús infantiles y adolescentes de los hospitales y los de las escuelas infantiles excluirán los alimentos con alto contenido en grasas saturadas, azúcares o sal añadida.
La norma establece que al menos el 90% de las frutas y el 30% de las hortalizas servidas sean frescas y de temporada. También dispone que, como mínimo, el 10% de estos productos proceda de circuitos cortos de distribución.
Los menús diarios deberán incluir frutas y hortalizas en primeros platos, guarniciones, ensaladas y postres. En los servicios de pensión completa se ofrecerán al menos tres raciones diarias de hortalizas y entre dos y tres de fruta.
En los menús del día deberá ofrecerse cada semana al menos un plato principal elaborado exclusivamente con legumbres u otras fuentes de proteínas vegetales. En pensión completa se servirán al menos cuatro raciones semanales de platos que contengan estas proteínas.
La oferta de menús del día incluirá al menos dos raciones semanales de pescado como plato principal, alternando pescado blanco y azul. En pensión completa serán al menos tres raciones semanales, también con alternancia entre ambos tipos; podrán incluirse crustáceos y moluscos.
En productos elaborados con cereales, como pan, arroz o pasta, al menos la mitad de la oferta semanal de los menús diarios deberá corresponder a variedades integrales. En pensión completa se pautan entre tres y seis raciones diarias de productos a base de cereales, con prioridad para los enteros e integrales y una reducción de las harinas refinadas.
Al menos el 25% del coste total de adquisición de los alimentos deberá corresponder a productos de producción ecológica. Durante los cuatro primeros años, el porcentaje mínimo podrá ser del 10% para facilitar la transición del sector.
Las comidas deberán estar supervisadas por profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética y, siempre que sea posible, prepararse en las cocinas de los propios centros. Los menús serán variados y se adaptarán a cada grupo de edad y a las necesidades de las personas usuarias, incluidas las relacionadas con motivos de salud, éticos o religiosos.
El real decreto prevé cribados nutricionales en hospitales y centros residenciales para detectar posibles situaciones de desnutrición.
Al menos el 70% de los alimentos y bebidas de las máquinas expendedoras deberá ser saludable. Estos productos se colocarán en las filas centrales y de mayor visibilidad, mientras que se restringirá la presencia y visibilidad de los productos poco saludables y muy procesados.
La norma limita las bebidas azucaradas y energéticas en estas máquinas. En las que dispensen bebidas calientes, como el café, se ofrecerá por defecto la opción sin azúcar añadida y se permitirá añadir hasta cinco gramos de azúcar de forma voluntaria. Los centros deberán instalar fuentes señalizadas que suministren agua potable gratuita.
El texto incluye medidas para reducir el desperdicio alimentario, planificar mejor los menús y aprovechar los ingredientes. También plantea disminuir el uso de envases y vajillas de plástico y de envases monodosis, para fomentar materiales alternativos más sostenibles.
El real decreto se ha elaborado en línea con las recomendaciones de organismos científicos y sanitarios como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN). La OMS considera que una alimentación no saludable es uno de los factores de riesgo de enfermedades no transmisibles, entre ellas infartos, accidentes cerebrovasculares, cáncer, enfermedades respiratorias crónicas como el asma y diabetes. Estas enfermedades crónicas resultan de una combinación de factores genéticos, fisiológicos, sociales, ambientales y de comportamiento.
Según la Encuesta de Salud de España de 2023, el 57,7% de la población española mayor de 15 años padece alguna enfermedad crónica. Una ingesta excesiva de sal, azúcar y grasas, así como dietas bajas en cereales integrales, frutas, hortalizas —incluidas las verduras—, legumbres, semillas, frutos secos y ácidos grasos omega 3, puede aumentar el riesgo de enfermedades no transmisibles.
La misma encuesta señala que el 55% de la población española mayor de 18 años presentaba exceso de peso: un 15,2% obesidad y un 39,8% sobrepeso. La presencia de estas patologías es mayor entre las personas con bajo nivel de estudios y menor nivel socioeconómico, así como entre las personas mayores. El Ministerio de Consumo considera necesario ofrecer entornos que cuiden la calidad nutricional para prevenir riesgos de enfermedad y sostiene que estos centros deben ser un ejemplo de alimentación saludable.
| Medida | Cifra | Ámbito |
|---|---|---|
| Productos saludables en máquinas expendedoras | Al menos el 70% | Alimentos y bebidas; deben exponerse en las filas centrales y de mayor visibilidad. |
| Frutas frescas y de temporada | Al menos el 90% | Frutas servidas en los centros incluidos en la norma. |
| Hortalizas frescas y de temporada | Al menos el 30% | Hortalizas servidas en los centros incluidos en la norma. |
| Productos de circuitos cortos de distribución | Al menos el 10% | La norma establece este porcentaje para los productos mencionados en los criterios de frutas y hortalizas. |
| Alimentos de producción ecológica | Al menos el 25% del coste total de adquisición | Durante los cuatro primeros años, el mínimo previsto es del 10%. |
| Platos precocinados | Máximo de 3 raciones al mes | Centros residenciales y hospitales; en hospitales para menores y en escuelas infantiles de 0 a 3 años, máximo de 1 ración al mes. |
| Frituras | Máximo de 2 raciones semanales | Menús de los centros incluidos en la norma. |
| Productos integrales en la oferta semanal | Al menos el 50% | Productos elaborados a base de cereales en menús diarios. |
| Legumbres u otras proteínas vegetales | Al menos 4 raciones semanales | Menús de pensión completa. |
| Pescado | Al menos 2 raciones semanales; 3 en pensión completa | Como plato principal. |
Incluye hospitales, centros residenciales y escuelas infantiles de 0 a 3 años, públicos y privados, además de bibliotecas, universidades y museos públicos.
En hospitales y centros residenciales podrán servirse como máximo tres raciones mensuales de platos precocinados. En los menús hospitalarios para menores y en las escuelas infantiles de 0 a 3 años, el límite será de una ración al mes. Las frituras se limitan a dos raciones semanales.
Al menos el 90 % de las frutas y el 30 % de las hortalizas servidas deberán ser frescas y de temporada. La norma también establece que al menos el 10 % proceda de circuitos cortos de distribución.
Al menos el 70 % de los alimentos y bebidas ofrecidos deberá ser saludable, y esos productos deberán colocarse en las filas centrales y de mayor visibilidad.
Al menos el 25 % del coste total de adquisición de los alimentos deberá corresponder a productos de producción ecológica. Durante los cuatro primeros años, el porcentaje mínimo será del 10 %.
Las comidas deberán estar supervisadas por profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética. Los menús deberán adaptarse a los grupos de edad y a las necesidades especiales de las personas usuarias.