A través de un nuevo trámite, se abre la posibilidad de solicitar subvenciones destinadas a la financiación de programas de interés social. Estas ayudas provienen de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre Sociedades.
Las subvenciones están dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social, así como a organizaciones no gubernamentales y agrupaciones de organizaciones, independientemente de su personalidad jurídica.
Detalles del trámite
Dirigido a
- Entidades del Tercer Sector de Acción Social
- Cruz Roja Española
- Otras entidades y organizaciones no gubernamentales
- Agrupaciones de organizaciones, con o sin personalidad jurídica
Requisitos
Para acceder a estas ayudas, las entidades deben cumplir con una serie de requisitos:
- Estar legalmente constituidas desde al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria.
- Tener inscripción en el registro administrativo correspondiente durante el plazo para presentar solicitudes.
- No tener fines lucrativos; aquellas que realicen actividades comerciales deberán reinvertir los beneficios en objetivos sociales.
- Tener fines institucionales adecuados en sus estatutos para realizar actividades financiables según cada convocatoria.
- Estar al corriente con las obligaciones tributarias y no tener deuda pendiente con la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Desarrollar actividades efectivas en Aragón, acreditando sede o delegación física y experiencia operativa suficiente.
- Justificar ayudas económicas anteriores recibidas por parte de la Comunidad Autónoma en la misma línea de subvención.
Agrupaciones de organizaciones
- Deben indicar los compromisos asumidos por cada entidad y el importe aplicado a cada una.
- Las agrupaciones sin personalidad jurídica deberán nombrar un representante con poderes suficientes para cumplir las obligaciones como beneficiarias.
- No podrán disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción establecido por la Ley de Subvenciones de Aragón.
- No se permitirá que una misma entidad actúe simultáneamente como ejecutante y beneficiaria del mismo proyecto presentado por una federación o confederación similar.
Plazos
Presentación:
Inicio: 20/05/2026 a las 00:00 h
Fin: 16/06/2026 a las 23:59 h
El plazo para presentar solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Puedes realizar este trámite electrónicamente siguiendo estos pasos:
Electrónica – Pasos a seguir
Con ayuda del personal habilitado
Si no cuentas con medios adecuados para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
Documentos necesarios
Presentar en todos los casos:
-
1. Solicitud
La solicitud debe ser cumplimentada y firmada en la plataforma correspondiente, generando un documento que se presentará junto al resto de documentación requerida.
-
2. Modelos de memorias e instrucciones (anexo III)
Modelo necesario para presentar junto a las memorias correspondientes a cada proyecto (gasto corriente e inversión), incluyendo instrucciones para su correcta cumplimentación. La memoria debe ser presentada obligatoriamente en la plataforma, salvo en caso de agrupaciones sin personalidad jurídica donde todas las entidades deben completarla excepto la representante que lo hace en línea.
Documentos adicionales si cumples estas condiciones:
¿Necesitas ayuda?
Puedes consultar el apartado Información adicional, donde encontrarás más detalles sobre este trámite y recursos útiles. Si requieres asistencia adicional, dirígete al apartado Contacto, donde hallarás diversos recursos para facilitar tu tramitación.
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE DESREGULACIÓN, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
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Preguntas sobre la noticia
¿Qué entidades pueden solicitar estas subvenciones?
Las ayudas están dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social, organizaciones no gubernamentales y agrupaciones de organizaciones con o sin personalidad jurídica.
¿Cuáles son los requisitos para las entidades solicitantes?
Las entidades deben estar legalmente constituidas, inscritas en el registro administrativo correspondiente, carecer de fines de lucro, tener fines institucionales adecuados en sus estatutos, estar al corriente de obligaciones tributarias y desarrollar actividades en la Comunidad Autónoma de Aragón.
¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?
El plazo de presentación será del 20/05/2026 al 16/06/2026.
¿Qué documentos son necesarios para realizar la solicitud?
Se requiere una solicitud cumplimentada, modelos de memorias e instrucciones, acreditación de la personalidad y representación de la entidad, inscripción en el registro administrativo correspondiente y cumplimiento de normativa sobre protección de datos.
¿Dónde puedo obtener más información o ayuda sobre este trámite?
Puedes consultar el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre este trámite y recursos de interés. También puedes acceder a la sección de Contacto para encontrar diferentes recursos y soportes para la tramitación.